Personas

Trabajador autónomo

Los trabajadores que se establezcan como autónomos deberán justificar documentalmente que la cantidad percibida se destina a la inversión necesaria para desarrollar la actividad y el importe destinado al pago de las tasas y tributos y al pago de servicios específicos de asesoramiento, formación e información relacionados con la actividad a emprender con el límite, en este caso, del 15 por ciento de la prestación capitalizada.

En caso contrario, supondrá el cobro indebido de la misma y procederá su reintegro.