Personas

Solicitud de renta activa de inserción

Ayuda alta inicial por víctima de violencia de género por su pareja o ex pareja

Se considera víctima de violencia de género, la mujer que sufre todo acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la provocación arbitraria de libertad y que es ejercida sobre esta por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia.

Usted debe cumplir, además de los requisitos generales, los siguientes:

  • Tener acreditada por la Administración competente la condición de víctima de violencia de género.
  • No ser beneficiaria de ayudas sociales por no poder participar en programas de empleo.

Las víctimas de violencia de género o doméstica, que se hayan visto obligadas y acrediten cambio de su residencia en los 12 meses anteriores a la solicitud de admisión al programa de Renta Activa de Inserción, o durante su permanencia en este, podrán percibir en un pago único una ayuda suplementaria de cuantía equivalente al importe de tres meses de renta activa de inserción a partir del día siguiente a aquel en que se solicite.

Esta ayuda se podrá percibir una sola vez por cada derecho a la admisión al programa de renta activa de inserción.

La solicitud de la ayuda por cambio de residencia, deberá presentarse en la Oficina de Empleo donde esté inscrita la víctima. El cambio de domicilio deberá acreditarlo presentando en dicha oficina certificación/informe de los Servicios Sociales de la Administración Pública Autonómica o Local competente, o mediante cualquier otro documento que demuestre, de forma fehaciente, que dicho cambio se hizo efectivo (recibos, cambios de domiciliación de cuentas o cartilla bancaria, etc.).