Ayuda alta inicial subsidio especial mayores de 45 años
Ud. debe cumplir además de los requisitos generales, los siguientes:
- Tener 45 años cumplidos en la fecha de agotamiento de la prestación.
- Haber agotado una prestación por desempleo de nivel contributivo de 720 días.
- Los trabajadores fijos discontinuos, incluidos los que realicen trabajos fijos y periódicos que se repitan en fechas ciertas, mientras mantengan dicha condición no podrán obtener este subsidio durante los periodos de actividad intermitente o de temporada. Sin embargo, podrán obtenerlo cuando se extinga su relación laboral, siempre que reúnan los requisitos anteriormente expuestos o si, además de reunir los requisitos generales cuando:
- Tengan cotizaciones como fijos discontinuos o por trabajos fijos y periódicos que se repitan en fechas ciertas un mínimo de nueve años a lo largo de su vida laboral y haya agotado una prestación contributiva por desempleo de cualquier duración.
Este subsidio es preferente al de agotamiento de la prestación contributiva con o sin responsabilidades familiares.