Ayuda Reanudación
Documentación general
Para la acreditación de la situación legal de desempleo: Certificado de empresa, firmado y sellado de la última empresa en la que ha trabajado.
En caso de haber impugnado el despido: Acta de conciliación administrativa o judicial, o resolución judicial, o providencia de opción por la indemnización, o auto en caso de no readmisión o readmisión irregular por el que se declare extinguida la relación laboral.
Además de la documentación general (certificado de empresa) tendrán que presentar otra documentación, según la situación:
- Cuando la causa de suspensión de la prestación sea la realización de un trabajo por cuenta ajena de duración inferior a 12 meses: No se requiere documentación adicional a la general.
- Cuando la causa de suspensión de la prestación sea la realización de un trabajo por cuenta propia de duración inferior a 24 meses: No es necesario que aporte ninguna documentación.
- Cuando la causa de suspensión de la prestación sea traslado al extranjero por tiempo inferior a 12 meses para buscar empleo, realizar un trabajo, perfeccionamiento profesional o participar en acciones de cooperación internacional:
- En el caso de que haya realizado un trabajo:
- Si regresa de un país miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de de un país con el que existe convenio sobre protección por desempleo (Suiza o Australia): Formulario E-301 o documento equivalente(en el caso de los emigrantes de Suiza, certificado de la Agregaduría Laboral de dicho país).
- Si regresa de un país que no es miembro de la Unión Europea, ni del Espacio Económico Europeo con el que no existe convenio sobre protección por desempleo: Certificación emitida por la Dependencia de Trabajo de las Delegaciones y Subdelegaciones de gobierno, en la que conste la fecha del retorno y el tiempo trabajado en el país de emigración.
- En el caso de que sea traslado al extranjero para búsqueda de empleo o perfeccionamiento profesional o cooperación internacional: Prueba documental de tales circunstancias. (Por ej: certificado de inscripción en los Servicios Públicos de empleo, certificado del centro en que haya realizado los estudios o cursos, certificación expedida por el organismo que acredite la cooperación internacional).
- En el caso de que haya realizado un trabajo:
- Cuando la causa de suspensión de la prestación sea cumplimiento de condena que implique privación de libertad:
- Certificación del Director del Centro Penitenciario, en la que conste la excarcelación por cumplimiento de condena o libertad condicional, así como las fechas de ingreso en prisión y de excarcelación.
- Certificado de empresa en el caso de haber trabajado durante su situación de privación de libertad.
- Cuando la causa de suspensión sea maternidad/paternidad: No necesita aportar ninguna documentación específica.
- En caso de tener cargas familiares y haya variado su situación aumentando los hijos a su cargo: Sólo será necesario acreditar aquellos hijos que no se hayan hecho constar en solicitudes anteriores.
- Libro de familia o documento equivalente en caso de extranjeros con traducción oficial al español.
- Si tiene hijos mayores de 26 años discapacitados: certificado del grado de discapacidad expedido por el IMSERSO o el órgano de la Comunidad Autónoma correspondiente, del Ministerio de Economía y Competitividad o de Defensa que reconozca la condición de pensionista por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez o de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad, de los hijos
- Si tiene menores acogidos: resolución judicial o escrito de formalización de acogimiento en el que conste el consentimiento de la Entidad Pública que en cada territorio tenga encomendada la protección de menores y la fecha de efectos del acogimiento.
- En el caso de separación o divorcio: sentencia y/o convenio regulador de la separación.
- En caso de hijos que no residen en España y estén trabajando:
- Formulario E-302, o
- Certificación consular o de la embajada de España en el país de residencia, o certificación del organismo competente en ese país sobre la situación laboral de los hijos.