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Ayuda Abono en un único pago del valor actual del importe de la prestación contributiva

Esta modalidad supone abonar el valor actual del importe de la prestación por desempleo de nivel contributivo a los beneficiarios de prestaciones cuando pretendan incorporarse, de forma estable, como socios trabajadores o de trabajo en cooperativas o en sociedades laborales ya creadas o constituirlas, o cuando dichos beneficiarios pretendan constituirse como trabajadores autónomos o capitalicen la prestación para destinar su importe a realizar una aportación al capital social de una entidad mercantil de nueva constitución o constituida en un plazo máximo de doce meses anteriores a la aportación, siempre que vayan a poseer el control efectivo de la misma y a ejercer en ella una actividad profesional, encuadrados en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

El abono de la prestación se realizará de una sola vez pudiendo alcanzar hasta el 100 por cien del importe de la prestación capitalizada, o por el importe que corresponda a la inversión necesaria para desarrollar la actividad en el caso de trabajadores autónomos, así como para la aportación al capital social de una entidad mercantil de la que tengan el control efectivo y en la que vayan a realizar una actividad profesional, a la aportación obligatoria establecida con carácter general en cada cooperativa, o al de la adquisición de acciones o participaciones del capital social en una sociedad laboral, en estos casos, en lo necesario para acceder a la condición de socio.

Además de destinar el pago único de la prestación a sufragar los gastos de constitución y puesta en funcionamiento de una entidad, así como al pago de las tasas y tributos, podrán destinar hasta el 15 por ciento de la cuantía de la prestación capitalizada al pago de servicios específicos de asesoramiento, formación e información relacionados con la actividad a emprender.